Buscar

jueves, abril 03, 2008

PLD presenta recurso inconstitucionalidad contra resolución ordena suspender pago nominas CB

RAMÓN CRUZ BENZÁN

PILAR MORENO

SANTO DOMINGO.-El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) presentó ayer un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, en contra de la resolución de la Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral (JCE), que dispuso suspender durante el período electoral los pagos que el Gobierno realiza a través de la nómina “CB”.

La instancia fue presentada ante la secretaria de la Suprema Corte, Grimalda Acosta de Subero, por el secretario general del PLD, Reynaldo Pared Pérez, César Pina Toribio, delegado político del PLD ante la Junta Central Electoral y el abogado Lino Vásquez, con la que procuran una declaratoria de inconstitucionalidad sobre la recién resolución del tribunal electoral.
La comisión que presentó el recurso pidió al pleno de la Suprema Corte, declarar la inconstitucionalidad de la referida resolución número 001-2008, de fecha 24 de marzo del 2008, dicta por la Cámara Administrativa de la JCE, en virtud de que la misma, al ordenar la suspensión de pago de las “nominas que no comprenden los salarios y renumeraciones por servicios regulares prestados por funcionarios o empleados públicos”, de las dependencias públicas e instituciones autónomas y descentralizadas que se han indicado, viola los artículos 4,8, acápite 2, literal k), 55, inciso 1 y 2, 92 de la constitución de la República.
“Declarar regular y valido, tanto en la forma como en el fondo, la acción o recurso de inconstitucionalidad que mediante el presente escrito se incoa contra la resolución mencionada, dictada por la cámara administrativa de la Junta Central Electoral”, apuntan en la instancia los dirigentes peledeistas.
Asimismo, pidieron a la Suprema Corte darle acta de que se reserva el derecho de someter, oportunamente, los escritos de ampliación y replica que estime necesarios para el mejor ejercicio de su derecho a la defensa.
En la instancia que consta de 8 paginas, se hace constar que hacen formal elección de domicilio, en el edificio profesional conjunto de los abogados apoderados, abierto en el apartamento número 303 del edificio D Rosa Plaza, situado en la calle Jacinto I, Mañòn esquina Federico Geraldino, en el sector Paraíso, de esta capital.
Señalan que las nominas pagadas en instituciones públicas, que la Junta Central Electoral ordenó detener su pago, prevalecen desde el año 2005 y que se aprobaron por el pasado Congreso Nacional que presidió el Partido Revolucionario Dominicano.
Indican que la Junta Central Electoral no se percató de que los legisladores del PRD insertaron en el presupuesto del año 2005 el pago a los servidores de capítulos especializados.

Pina Toribio dijo que la resolución del organismo electoral genera un perjuicio para todo el funcionamiento del Estado, básicamente con lo que tiene que ver con el cumplimiento de obligaciones que ha contraído el Gobierno y que se solventan a través de esas cuentas, “las cuales están prevista en la Ley de Presupuesto”.

“El fundamento jurídico de esas impugnaciones radica en primer lugar en que el Poder Ejecutivo, de conformidad con el artículo 4 de la Constitución, es un poder independiente y que la acción de ningún otro poder de Estado puede limitarlo en la realización de sus actividades ordinarias”, enfatizó el consultor jurídico del Poder Ejecutivo.

Pina Toribio destacó que el jefe del Estado tiene la facultad de velar por el fiel cumplimiento de las leyes y que esos pagos estando previstos en la Ley de Gastos, por lo que entiende que con la decisión, la Cámara Administrativa se excedió en sus facultades.

Dijo que para tomar esta decisión al Poder Ejecutivo no se le dio la oportunidad ni los plazos razonables para que pudieran someter sus consideraciones, lo que significa una violación a las reglas del debido proceso.

Por su parte, el secretario general del PLD y presidente del Senado, Pared Péred, dijo que es una facultad que tiene la Suprema Corte de fallar o no antes de las elecciones del 16 de mayo.