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miércoles, junio 27, 2007

Fiscalia DN cita a Amable Aristy Castro y su hija para que respondan por acusación en su contra



SANTO DOMINGO.-El candidato presidencial del Partido Reformista Social

Cristiano (PRSC) y secretario general de la Liga Municipal Dominicana, Amable Aristy Castro, y su hija, la síndica de Higuey Karem M. Aristy de Logroño fueron citados para que comparezcan el próximo 6 de julio ante la Fiscalía del Distrito Nacional, debido a una querella en su contra, interpuesta por el asesor y consultor eléctrico José Aníbal Balbuena Lantigua.
La querella fue depositada el pasado 10 de mayo en la Fiscalía del Distrito Nacional, por Balbuena Lantigua, a través de su abogado, doctor Zacarías Payano Almanzar, por violación de la Ley 3143, sobre Trabajo Realizado y no pagado.

La querella contra Aristy Castro y Aristy Logroño se depositó luego de que fueran intimados mediante acto No. 231-07, instrumentado por el ministerial Gritón Antonio Zapata Rivera, alguacil ordinario de la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, para pagarle a Balbuena Lantigua, la suma de 8 millones, 100 mil pesos, por concepto de trabajos realizados y no pagados.
La deuda se exige porque el 25 de agosto del 2005 los funcionarios edilicios contrataron al querellante, para que realizara una auditoría del consumo eléctrico facturado por Edeeste, a las dependencias del Ayuntamiento de Higuey.

En junio del 2006 el asesor eléctrico concluyó satisfactoriamente su trabajo, logrando una rebaja a favor de los querellados, ascendente a 40 millones de pesos.
El profesional fue contratado también para realizar un levantamiento técnico eléctrico, desde el punto de vista geográfico, en el área de Bávaro, donde la empresa Consorcio Eléctrico Punta Cana-Macao (CEPM) genera, distribuye y comercializa el servicio eléctrico, logrando que esa empresa pagara 100 millones de pesos.

A pesar de los grandes beneficios obtenidos por el Ayuntamiento de Higuey, fruto del Trabajo de Balbuena Lantigua, más de un año después, Aristy Castro y Aristy Logroño se niegan a pagarle los honorarios acordados.
Al violar la ley 3134, los querellados han ocasionado gravísimos daños y perjuicios al profesional, al tenor de lo que indica el artículo 1382, del Código Civil, que establece que “cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquel por cuya culpa sucedió a repararlo”.